Dichas sanciones se establecen de la subsiguiente guisa en el artículo 13 de la Clase 1562 de 2012: “El incumplimiento de los programas de Sanidad ocupacional, las normas en Lozanía ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Doctrina Caudillo de Riesgos Laborales, trasladará multa de hasta quinientos (500) salar